jueves, 22 octubre 2026

Abierto el plazo de las ayudas para eficiencia energética y energías renovables en viviendas

La Agencia Andaluza de la Energía gestiona estos incentivos cofinanciados con FEDER y dotados con 20,77 millones de euros

Particulares, ayuntamientos, comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía, comunidades de propietarios, además de autónomos, empresas y empresas de servicios energéticos pueden solicitar desde el 22 de octubre las ayudas del programa ‘Sector residencial y edificios e instalaciones públicas‘, enmarcado en la orden de incentivos para el uso eficiente de la energía (INEA).

Gestionado por la Agencia Andaluza de la Energía, entidad adscrita a la Consejería de Universidad, Industria, Energía e Innovación, el programa cuenta con un presupuesto de 20,77 millones de euros cofinanciados con FEDER para llevar a cabo actuaciones que mejoren la eficiencia energética e incrementen el uso de energías renovables en viviendas, edificios públicos no residenciales (que no pueden estar situados en espacios productivos) y edificios residenciales privados como residencias de estudiantes o para personas mayores.

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Esta línea contempla para todos estos edificios acciones como la mejora del aislamiento térmico de la fachada, la cubierta o los techos en contacto con espacios no acondicionados para evitar que el calor entre en verano y se pierda en invierno, la sustitución de ventanas por otras con mejores prestaciones térmicas, la incorporación de elementos de sombra como toldos o persianas que reduzcan la incidencia del sol, o la renovación de los sistemas de climatización, agua caliente e iluminación interior o exterior.

Para acceder a estas ayudas, es necesario que con las medidas realizadas se mejore en, al menos, una letra la calificación energética del edificio y se reduzca el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2 (en un 20% en el caso de las empresas).

Como parte del proyecto de eficiencia energética, se apoya también la incorporación de energías renovables (solar térmica y fotovoltaica, biomasa o aerotermia), siempre que contribuyan a la mejora de la calificación energética y no superen el 50% de la inversión total del proyecto solicitado.

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Para las actuaciones de eficiencia energética el incentivo mínimo a solicitar es de 10.000 euros.

El programa incluye también una línea específica para adquirir nuevos equipos de tecnología solar, tanto térmica como eléctrica, en viviendas y edificios residenciales privados. En el caso de las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo, será obligatorio disponer de almacenamiento eléctrico hasta 5 kilovatio-hora/kilovatio y, aquellas que no se destinen a la realización de una actividad económica, no deben recibir un pago por el excedente. Para esta medida, el incentivo mínimo a solicitar es de 6.000 euros.

La Agencia Andaluza de la Energía ha puesto a disposición de la ciudadanía en su página web un catálogo de proyectos del programa en el que se recogen ejemplos de actuaciones que se pueden llevar a cabo, como la instalación de aerotermia para climatización o para producir agua caliente sanitaria, sistemas solares térmicos para calentar el agua y calderas de biomasa que utilicen, por ejemplo, pellets o hueso de aceituna. Respecto a la iluminación, se contempla la sustitución de equipos por otros más eficientes, así como la incorporación de control por zonas y detectores de presencia.

Porcentaje de los incentivos

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Los particulares podrán beneficiarse, con carácter general, de un incentivo del 50% de la inversión en actuaciones de mejora energética de viviendas y edificios residenciales privados, porcentaje que podrá alcanzar el 65% cuando concurran determinados requisitos que intensifican la ayuda, como la incorporación de energías renovables.

En el caso del sector privado, los incentivos parten del 45% para autónomos, microempresas y pequeñas empresas, del 35% para medianas empresas y del 25% para grandes empresas, con posibilidad de incrementos adicionales (hasta un 15%) según las condiciones de la convocatoria.

Cuando se quiera instalar en viviendas y edificios residenciales privados energía solar con almacenamiento, los ciudadanos particulares, autónomos, microempresas y pequeñas empresas contarán con un incentivo del 55%, las medianas empresas disponen de un 45% ,y las grandes empresas de un 35%. Todos ellos pueden aumentar hasta un 10% si se cumplen determinados requisitos, como la participación de comunidades de energías renovables, comunidades ciudadanas de energía o instalaciones de autoconsumo colectivo, además de la ejecución mediante una empresa de servicios energéticos o si están ubicados en municipios de reto demográfico.

El porcentaje de incentivo para los ayuntamientos y entidades del sector público local que soliciten ayudas para mejorar la eficiencia energética de sus edificios públicos no residenciales se sitúa en un 70% con carácter general, y puede llegar al 80% con la incorporación de energías renovables, entre otros requisitos. Para las entidades locales que desarrollen una actividad económica, el porcentaje de partida es del 30%, con posibilidad de incrementarse hasta el 40%.

Los ciudadanos y entidades públicas que no ejerzan actividad económica pueden solicitar ayudas para actuaciones ya iniciadas, siempre que el comienzo de la actuación no haya sido anterior al 1 de mayo de 2025 y no haya finalizado antes de la solicitud. El resto de los beneficiarios no pueden haber llevado a cabo ningún gasto o compromiso de forma previa a la presentación de la solicitud.

Anticipos y pagos parciales

Cuando el incentivo a percibir sea superior a 15.000 euros, los beneficiarios podrán solicitar un pago anticipado del 15% una vez concedido, sin tener que aportar ninguna garantía, o del 40% si se presta garantía otorgada por un banco, Sociedad de Garantía Recíproca u otra entidad financiera establecida en España, o estén cubiertos por una línea de crédito ofrecida como garantía por un organismo público o el Estado español.

También pueden solicitar un pago parcial de hasta un 50% del incentivo concedido, tras la correspondiente justificación documental asociada a ese 50% de la inversión elegible.

Las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, se pueden solicitar de forma telemática. El plazo permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre de 2027 o hasta el agotamiento de los fondos.

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