jueves, 22 octubre 2026

La evaluación de las plantas de biogás exige garantías ambientales y medidas de seguimiento

La consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente explica en el Parlamento que cada proyecto debe acreditar su viabilidad ambiental para obtener una autorización favorable

La consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, Fina Martínez, ha explicado en el Parlamento que la evaluación de las plantas de biogás debe analizar cada proyecto con rigor, exigir las garantías ambientales necesarias y establecer mecanismos para comprobar que las instalaciones autorizadas cumplen sus obligaciones. Durante su respuesta a una interpelación sobre la sostenibilidad y el impacto ambiental de estas plantas, ha detallado los requisitos de su tramitación.

Martínez ha señalado que el ayuntamiento debe informar sobre la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico. Si acredita una incompatibilidad y el órgano ambiental recibe ese informe antes de otorgar la Autorización Ambiental Integrada, debe finalizar el procedimiento y archivar las actuaciones mediante una resolución motivada, previa audiencia a las personas interesadas y al promotor.

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Asimismo, ha precisado que las resoluciones pueden ser favorables o desfavorables, dependiendo del análisis de las características de la instalación, sus posibles afecciones y la normativa aplicable. Por tanto, los proyectos que no cumplen los requisitos exigibles no pueden obtener una autorización favorable.

El biogás aprovecha determinados residuos orgánicos, procedentes en su mayoría del sector primario, para producir energía renovable. La consejera ha sostenido que este tratamiento se encuadra en la economía circular y puede contribuir a reducir las emisiones de metano asociadas a la descomposición de la materia orgánica, sin que estos beneficios justifiquen rebajar las exigencias ambientales.

Por su parte, el Proyecto de Real Decreto de impulso del biometano del Gobierno de España contempla la reducción progresiva de las importaciones de gas natural fósil, la descarbonización del sector gasista y el aprovechamiento de residuos orgánicos. En el ámbito europeo, Fina Martínez ha citado el Plan REPowerEU, que establece el objetivo de alcanzar una producción de 35.000 millones de metros cúbicos de biometano en 2030.

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Evaluación ambiental

La capacidad de tratamiento y las características de cada planta determinan el instrumento de prevención ambiental aplicable, dentro del marco de la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. Hasta su entrada en vigor en junio de 2026, se aplicaba la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Con carácter general, las plantas mediante digestión anaerobia de residuos orgánicos requieren una Autorización Ambiental Integrada cuando superan las 75 toneladas diarias, o las 100, cuando su única actividad es la digestión anaerobia. Por debajo de esos umbrales, se someten a Autorización Ambiental Unificada Simplificada, conforme a lo expuesto por la consejera en relación con la Ley 21/2013 y el Real Decreto Legislativo 1/2016, que aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

Ambos procedimientos incluyen la evaluación de impacto ambiental. La autorización integrada incorpora la Declaración de Impacto Ambiental y las autorizaciones del anexo II del Decreto 5/2012, mientras que la simplificada reúne el Informe de Impacto Ambiental y las previstas en el anexo I del Decreto 356/2010. De este modo, se integran los pronunciamientos ambientales necesarios antes de implantar y poner en marcha las instalaciones.

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Para evaluar el proyecto, el promotor debe documentar sus características, las alternativas estudiadas y las medidas previstas para prevenir o corregir sus efectos. En los expedientes de autorización integrada se examinan el proyecto básico, el estudio de impacto ambiental y la valoración del impacto sobre la salud, además de la posible afección al patrimonio histórico, los vertidos, las emisiones atmosféricas y los olores. También se incorpora el informe base sobre contaminación del suelo cuando procede.

Una vez presentada toda la documentación, los técnicos la analizan conjuntamente y determinan si necesita subsanaciones. Además, tienen en cuenta las mejores técnicas disponibles, recogidas en los documentos de referencia BREF de la Comisión Europea. La consejera ha reconocido la labor de los empleados públicos que revisan los expedientes y fundamentan las decisiones administrativas.

Participación y seguimiento

Tras la revisión técnica inicial, y una vez comprobado que no existe a priori incompatibilidad con la normativa ambiental, se abre un periodo de información pública de, al menos, treinta días hábiles. El trámite se publica en el BOJA, en el portal de la Junta y en el tablón de anuncios o la página web municipal para facilitar el conocimiento del proyecto y la presentación de alegaciones.

Simultáneamente, se consulta a las administraciones competentes afectadas y se solicita al ayuntamiento un informe sobre las cuestiones de su competencia. Según cada proyecto, se recaban pronunciamientos sobre salud, residuos, aire, suelo, ruido, aguas y medio natural, así como sobre espacios protegidos, patrimonio cultural, territorio, energía, paisaje, carreteras, accidentes graves y agricultura, cuando corresponde.

Con los pronunciamientos suficientes, se elabora el dictamen ambiental, que se somete a audiencia del promotor y de las personas interesadas. Después se formula la propuesta de resolución y, si existen alegaciones, se remiten junto con ella a los órganos que hayan emitido informes vinculantes.

Finalmente, la resolución favorable establece las medidas de protección ambiental, un plan de seguimiento y vigilancia, y la obligación de comunicar los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de sus condiciones.

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