viernes, 28 agosto 2026

Proponemos clarificar los gastos que deben asumir las familias acogedoras

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía ha sugerido a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad que impulse una regulación más clara de las obligaciones económicas de las familias acogedoras de menores y de los gastos que corresponde asumir a la Administración que ejerce su tutela. La actuación parte de

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía ha sugerido a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad que impulse una regulación más clara de las obligaciones económicas de las familias acogedoras de menores y de los gastos que corresponde asumir a la Administración que ejerce su tutela.

La actuación parte de la queja de una familia acogedora que, entre otras cuestiones, trasladó las dificultades encontradas para conocer el procedimiento de abono de determinados gastos sanitarios extraordinarios de un menor.

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En el caso analizado, la familia tuvo que afrontar los gastos de un tratamiento odontológico que no estaba cubierto por la sanidad pública para solicitar posteriormente su reintegro. La Administración explicó que estas prestaciones extraordinarias se abonan previa presentación de la factura, siempre que el tratamiento esté prescrito, no esté cubierto por el sistema sanitario público y se cumplan los requisitos establecidos.

La Defensoría señala que las consultas y quejas recibidas muestran las dificultades de las familias para obtener la compensación de estos gastos extraordinarios, así como dudas sobre qué conceptos están incluidos, la documentación necesaria, los plazos, la justificación de los pagos o el formulario que debe utilizarse. Además, recuerda que la compensación económica por la atención al menor constituye un derecho de las familias acogedoras y no una prestación graciable.

Por ello, la Institución propone desarrollar reglamentariamente el Estatuto de Familias Acogedoras para establecer con claridad qué obligaciones económicas corresponden a las familias y cuáles a la Administración, y detallar los requisitos, procedimientos y trámites para reclamar las compensaciones económicas extraordinarias. El objetivo es aportar mayor transparencia y seguridad jurídica y evitar cargas administrativas innecesarias para quienes tienen a su cargo el cuidado de estos menores.

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