miércoles, 29 abril 2026

Aprobadas las bases reguladoras de las ayudas a la renaturalización agraria y forestal en Doñana

Su ámbito territorial se centra exclusivamente en los términos municipales de Almonte, Bonares, Lucena, Moguer y Rociana

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la aprobación de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones complementarias, en régimen de concurrencia no competitiva, para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y restauración ecológica en el ámbito agrario y forestal, en el marco de aplicación del Plan Especial de Ordenación de las Zonas de Regadíos ubicadas al norte de la Corona Forestal de Doñana.

Esta línea de subvenciones pretende reforzar la eficacia de las ayudas estatales convocadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través de la Fundación Biodiversidad, de manera que los beneficiarios cuenten con una cobertura económica suficiente para garantizar el mantenimiento y viabilidad de las actuaciones a largo plazo.

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La protección del Espacio Natural de Doñana y de su área de influencia es un objetivo irrenunciable y se alinea con el compromiso adquirido en el marco del Acuerdo por Doñana firmado en noviembre de 2023 con el Gobierno de España y los representantes del sector agrario, que contempla medidas para la recuperación ambiental del Espacio Natural, así como para contribuir a su desarrollo socioeconómico de manera equilibrada y sostenible.

Las subvenciones, que presentan un enfoque claramente orientado a facilitar la transición productiva en el norte de la Corona Forestal de Doñana, se calcularán en términos de una cantidad fija anual, bajo la forma de prima por hectárea, y permitirán que las iniciativas aprobadas dispongan de los medios adecuados para consolidar las nuevas superficies forestadas, garantizar su mantenimiento y promover usos del suelo compatibles con la conservación de los ecosistemas onubenses.

En este sentido, las ayudas contarán con una cuantía a asignar a cada beneficiario, que podrá ser de hasta 20.000 euros por hectárea de superficie, distribuido dicho importe en las anualidades que se indiquen en las convocatorias de las subvenciones. De esta forma, se asegura que el esfuerzo económico, técnico y ambiental realizado tenga continuidad en el tiempo y contribuya de manera efectiva a la revitalización ecológica del territorio.

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El ámbito territorial de estas ayudas se centra exclusivamente en los cinco términos municipales incluidos en el Plan Especial: Almonte, Bonares, Lucena del Puerto, Moguer y Rociana del Condado. Esta delimitación permite atender las necesidades concretas de la zona donde se localiza el mayor impacto sobre las masas de aguas subterráneas del entorno de Doñana y donde la restauración ecológica resulta más urgente.

Las ayudas podrán solicitarlas tanto personas físicas como entidades titulares de terrenos en los que se desarrolle la actividad objeto de la ayuda, así como aquellas que sean titulares de una explotación agraria o silvícola inscrita en los registros correspondientes, incluyendo arrendatarias y aquellas que ostenten una concesión administrativa por derecho de uso mediante canon.

También podrán acceder a estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, sean titulares de terrenos forestales en régimen privado, entendiendo por titular aquellas personas o entidades que sean propietarias en pleno dominio de los terrenos, copropietarias, arrendatarias, usufructuarias o cesionarias. Además, podrán solicitarlas los ayuntamientos de los cinco municipios incluidos en el ámbito territorial: Almonte, Bonares, Lucena del Puerto, Moguer y Rociana del Condado.

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