La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, dependiente de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias que dirige Antonio Sanz, subraya la importancia de que los usuarios conozcan sus derechos cuando acuden a establecimientos de limpieza y conservación de prendas, más conocidos como tintorerías. En ellas se prestan servicios especializados sobre productos textiles, pieles, cueros y materiales sintéticos, por lo que es fundamental que la clientes actúen con la suficiente información.
Antes de entregar cualquier prenda, se aconseja revisar detenidamente el estado, identificando si presenta desgaste o elementos susceptibles de deterioro. Así, se debe acordar con el personal del establecimiento una valoración previa de la prenda en caso de pérdida o daño, y solicitar que quede recogidol por escrito en el resguardo de depósito. Este documento debe incluir, además, una descripción del servicio contratado, las características de la prenda y el precio acordado.
Asimismo, es conveniente prestar especial atención a botones, cremalleras, adornos y otros elementos que puedan presentar desperfectos previos, además de asegurarse de que no quedan objetos en los bolsillos antes de dejar la prenda en el tintorería.
Una vez realizada la limpieza o el tratamiento, el consumidor debe revisar la prenda en el propio establecimiento. Si persisten manchas o se detecta algún daño no indicado previamente en el resguardo, puede solicitar una nueva limpieza sin coste adicional. En caso de que la prenda haya sufrido un deterioro imputable al servicio, tiene además derecho a reclamar una compensación, que deberá acordarse con la empresa responsable.
Si la tintorería advierte que la prenda podría deteriorarse durante el proceso, ya sea por su estado o por requerir tratamientos especiales, deberá informar de ello de manera clara y anticipada, dejando constancia de la limitación de responsabilidad en estos supuestos.
Respecto al pago, solo podrá exigirse de manera anticipada, ya sea total o parcial, si el cliente lo acepta expresamente. En ese caso, el servicio se considerará urgente y deberá realizarse en un máximo de tres días desde la recepción de la prenda, o seis días, si se trata de un servicio de teñido.
Las prendas pueden retirarse sin coste adicional durante un plazo de hasta tres meses. Transcurrido este periodo, el establecimiento podrá aplicar un cargo por conservación o guardarropa, siempre que esta información esté expuesta de forma visible, o recogida en la hoja informativa en el caso de servicios a domicilio.



