La Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha requerido al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico que deje sin efecto la Orden Ministerial de 10 de octubre de 2025 mediante la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de unos 118.772 metros, correspondiente a las marismas de Doñana, en los términos municipales de Hinojos y Almonte (Huelva) y de Aznalcázar (Sevilla).
Este requerimiento previo se formula al amparo de lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa como paso anterior a la interposición de un recurso contencioso-administrativo, y se fundamenta en una extensa argumentación técnica, científica, histórica y jurídica que cuestiona tanto el procedimiento seguido como el contenido del deslinde aprobado por el Estado.
La Junta de Andalucía expone que el nuevo deslinde incorpora territorios que, conforme a la legislación de costas, no reúnen las condiciones necesarias para ser considerados dominio público marítimo-terrestre, al no estar sujetos en la actualidad al flujo y reflujo de las mareas ni cumplir una función efectiva de defensa o estabilidad del litoral. El documento subraya que esta delimitación se extiende de forma significativa tierra adentro, incluyendo amplias zonas marismeñas y tramos del brazo arenoso que ya habían quedado fuera de un deslinde anterior aprobado en 2021.
En el caso concreto de las marismas de Doñana, el requerimiento pone de relieve que su funcionamiento hidrológico actual, desde hace siglos, es pluvio-fluvial y no mareal, como acredita una abundante literatura científica y técnica elaborada tanto por la propia Junta de Andalucía como por organismos de la Administración General del Estado, universidades y centros de investigación especializados. Según se detalla, la influencia mareal queda limitada a una estrecha franja próxima al cauce del Guadalquivir, sin capacidad real para inundar el conjunto de la marisma debido a la existencia de un dique natural formado a lo largo de milenios.
La Consejería recuerda que esta desconexión de la marisma respecto al mar no es un fenómeno reciente, sino una realidad constatada desde hace siglos, anterior incluso a las grandes actuaciones hidráulicas desarrolladas en el estuario. En este sentido, el documento critica que el estudio técnico utilizado como base del deslinde atribuya erróneamente un origen mareal a inundaciones que tienen un origen claramente ligado a las lluvias y a las avenidas fluviales.
El requerimiento también cuestiona la interpretación realizada sobre la salinidad de suelos y aguas subterráneas, señalando que esta responde a procesos geológicos antiguos y no a una conexión actual con el medio marino. De acuerdo con los informes citados, el acuífero bajo la marisma es un sistema confinado, sin relación directa con el mar, y la presencia de sales en determinados puntos no puede utilizarse como criterio para justificar la inclusión de estos terrenos en el dominio público marítimo-terrestre.
Especial atención merece, asimismo, el tratamiento del tramo del brazo arenoso incluido en el deslinde de 2025. La Junta recuerda que estas formaciones dunares, salvo el primer cordón próximo a la playa, son dunas estabilizadas desde hace siglos, desvinculadas de la dinámica litoral y con una evolución claramente continental. En consecuencia, no desempeñan funciones de protección de la costa ni de estabilidad de la playa, requisitos exigidos por la normativa vigente para su consideración como dominio público marítimo-terrestre.
Sin garantías de conservación
El documento destaca que muchos de estos terrenos cuentan, además, con un larguísimo historial de usos tradicionales, forestales y ganaderos, y que se encuentran sometidos a los máximos niveles de protección ambiental posibles al formar parte del Parque Nacional y del Espacio Natural de Doñana. En este contexto, la Junta considera que la ampliación del dominio público no añade garantías adicionales de conservación, pero sí genera inseguridad jurídica y conflictos patrimoniales innecesarios.
Desde el punto de vista procedimental, el requerimiento señala deficiencias relevantes en la tramitación del deslinde, como la falta de respuesta durante más de un año y medio a las alegaciones presentadas por la Junta de Andalucía en 2023, o la introducción de modificaciones sustanciales en la línea de deslinde, afectando a varios tramos y numerosos vértices. Cabe destacar que el deslinde afecta al 56% de las fincas públicas del espacio, incluyendo la totalidad de las marismas de la provincia de Sevilla, adquiridas en su día por el Estado en 2006 a propietarios privados y transferidas posteriormente a la comunidad autónoma a través de un decreto de traspaso.
La Junta también pone el acento en la ausencia de un reconocimiento de campo adecuado en un territorio de extrema planitud, donde diferencias topográficas mínimas condicionan la inundación, los drenajes y los hábitats marismeños. El documento subraya que esta comprobación sobre el terreno no es un trámite formal, sino un elemento esencial para evaluar la idoneidad real del deslinde propuesto.
Otro de los aspectos centrales del requerimiento es la falta de consulta al Consejo de Participación del Espacio Natural de Doñana, órgano colegiado en el que están representadas todas las administraciones implicadas, entidades científicas, organizaciones conservacionistas, ayuntamientos y sectores sociales. Este órgano emitió un informe desfavorable al deslinde aprobado, con una amplia mayoría de votos, y manifestó formalmente su queja por no haber sido consultado de manera preceptiva antes de la aprobación de la orden ministerial.
La consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Catalina García, ha señalado que la Junta de Andalucía ha actuado desde el inicio con lealtad institucional y con el único objetivo de que la delimitación del dominio público en Doñana responda a criterios técnicos y científicos sólidos y contrastados. Así, ha afirmado que una decisión de este calado debe apoyarse en la mejor información disponible y en el conocimiento acumulado durante décadas sobre el funcionamiento real de la marisma.
Catalina García ha destacado que el requerimiento no cuestiona la necesidad de proteger Doñana, sino que persigue precisamente garantizar su conservación desde el rigor y el consenso, evitando interpretaciones forzadas de la normativa que no se corresponden con la realidad ecológica del espacio. De este modo, ha indicado que el deslinde aprobado introduce elementos de confusión que pueden afectar a la gestión cotidiana del espacio natural y a la coordinación entre administraciones.
La consejera ha sostenido que Doñana es un espacio de valor universal reconocido y que cualquier actuación sobre su delimitación debe construirse desde el diálogo, el respeto a los órganos de participación y la coherencia con el conocimiento científico acumulado. En este sentido, ha defendido que el requerimiento formulado por la Junta es una herramienta jurídica legítima para reconducir el procedimiento y abrir la puerta a una revisión basada en criterios objetivos y compartidos. Asimismo, ha anunciado que todo esto se notificará a la Comisión Europea, tal y como se acordó en el Consejo de Participación del Espacio Natural de Doñana.
La Junta de Andalucía solicita, por tanto, que el Ministerio deje sin efecto la orden aprobada o, de manera subsidiaria, que dicte una nueva resolución que incorpore la línea de deslinde alternativa propuesta por la Dirección del Espacio Natural de Doñana, ajustada a la realidad geomorfológica, hidrológica y ecológica del territorio, y plenamente alineada con la legislación vigente y con la protección efectiva de este enclave único.



