miércoles, 5 noviembre 2025

El Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley para la Gestión Ambiental de Andalucía

La norma simplifica procedimientos, refuerza el control y amplía la corresponsabilidad público-privada en la protección del entorno

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley para la Gestión Ambiental de Andalucía (Legam), una norma que renueva en profundidad el marco jurídico de la comunidad en materia de protección, prevención y control ambiental. El texto será remitido al Parlamento de Andalucía para continuar su tramitación legislativa.

La Legam surge como respuesta a la necesidad de adaptar la legislación andaluza a los cambios producidos en las dos últimas décadas en el ámbito europeo y estatal y de superar el marco de la actual Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA). Desde su entrada en vigor, la GICA ha sido objeto de numerosas reformas parciales y de distintos decretos de simplificación desde 2019, que ahora se integran y consolidan en un único texto actualizado.

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Además de incorporar las novedades normativas, la nueva Ley dota a la Junta de Andalucía de instrumentos más ágiles y eficaces para afrontar los retos ambientales y climáticos del siglo XXI, alineando la política ambiental con los principios de eficiencia, transparencia y servicio público que inspiran al Gobierno andaluz. La elaboración de la Ley ha sido fruto de un proceso de trabajo compartido con los principales agentes sociales y económicos de Andalucía, formando parte del Pacto de Diálogo Social firmado en 2023 con UGT, CCOO y CEA, que contemplaba expresamente la necesidad de renovar la normativa ambiental para avanzar hacia una gestión más moderna, coordinada y participativa.

Desde su fase inicial, la Junta de Andalucía ha desarrollado un proceso de participación en todas las provincias abierto a sindicatos, organizaciones empresariales, entidades locales, colegios profesionales y colectivos ambientales. Esta dimensión participativa se refuerza además con la creación de nuevos órganos de consulta y canales permanentes de diálogo en materia de medio ambiente.

La Ley de Gestión Ambiental persigue además reforzar la seguridad jurídica y agilizar los pronunciamientos ambientales, reduciendo trámites y duplicidades administrativas con un fin último: alcanzar un alto nivel de protección de las personas y del medio ambiente, garantizando un desarrollo sostenible y la calidad de vida de la ciudadanía. Además, también persigue prevenir los impactos ambientales de las actividades y proyectos que se desarrollen en el territorio andaluz, establecer mecanismos de compensación o corrección de sus efectos adversos y promover la participación de la sociedad en la toma de decisiones. Asimismo, consolida los principios de ecoeficiencia y uso racional de los recursos naturales, favoreciendo la transición hacia un modelo de economía verde y circular.

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El texto se estructura en 197 artículos distribuidos en nueve títulos, junto con disposiciones adicionales, transitorias y finales. Su contenido abarca desde la gobernanza ambiental hasta la prevención, el control, la responsabilidad medioambiental o el régimen sancionador, configurando un marco legislativo integral y coherente con la normativa estatal y europea.

Entre las principales novedades destaca la creación de la Estrategia Marco de Medio Ambiente, que actuará como instrumento de planificación estratégica de referencia para Andalucía. También se crea el Consejo Asesor de Medio Ambiente de Andalucía, que sustituirá al actual Consejo Andaluz del Medio Ambiente y que contará con la representación de los agentes sociales y económicos más relevantes, así como de las entidades locales.

La ley promueve igualmente la coordinación interadministrativa, reforzando la cooperación entre los distintos niveles de gobierno para evitar retrasos y conflictos competenciales. El órgano ambiental autonómico convocará reuniones periódicas con las administraciones implicadas en la emisión de informes o consultas, para agilizar la tramitación y mejorar la calidad técnica de los expedientes.

Participación, transparencia y corresponsabilidad

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Uno de los pilares de la Legam es la participación ciudadana. La norma crea un Registro de Participación Ciudadana en materia ambiental, en el que podrán inscribirse personas físicas o jurídicas interesadas en los procedimientos de evaluación y prevención ambiental. Este registro permitirá reforzar la transparencia, facilitar el acceso a la información y garantizar la participación en los procesos de toma de decisiones.

El texto también fomenta la corresponsabilidad ambiental entre administraciones, empresas y ciudadanía mediante el impulso de convenios, instrumentos voluntarios de mejora ambiental y mecanismos de colaboración público-privada. En este marco se actualizan los instrumentos fiscales e incentivos económicos, incluyendo las subvenciones ambientales, para promover la innovación, la sostenibilidad y el empleo verde de calidad.

Asimismo, se amplían las funciones de las entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental, que podrán realizar tareas de verificación documental, apoyo en inspecciones y control de subvenciones, siempre bajo supervisión de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente. También se regula la posibilidad de que los colegios profesionales puedan participar en tareas técnicas de verificación ambiental mediante encomiendas o convenios.

Por otro lado, introduce una reforma de calado en el nivel local con la creación de la Licencia Ambiental, que sustituye a la antigua Calificación Ambiental que otorgan los ayuntamientos. Así, lo que en la anterior regulación se tramitaba como Calificación Ambiental (CA) pasa, en muchos casos, a resolverse mediante Autorización Ambiental Unificada Simplificada (AAUS), lo que implica que la Junta de Andalucía asume la resolución de 49 categorías de actuaciones que antes correspondían a los municipios. Asimismo, otras 33 categorías se simplifican pasando a ser objeto de Declaración Responsable de los Efectos Ambientales (DR-EA), un procedimiento mucho más ágil para las corporaciones locales.

La Legam también unifica 21 categorías de instalaciones atendiendo a un umbral común, de modo que aquellas que superen dicho límite se tramitarán con el mismo instrumento que las que quedan por debajo, proporcionando coherencia y seguridad jurídica. Además, en los casos en que una declaración responsable afecte a dos municipios, se resolverá como dos declaraciones diferenciadas, garantizando una correcta gestión en cada término municipal.

Con todo ello, la nueva regulación reduce la carga administrativa de los ayuntamientos y refuerza la coordinación entre administraciones. Los municipios dispondrán de procedimientos más sencillos y eficaces, mientras que la Junta de Andalucía asumirá directamente las actuaciones de mayor complejidad ambiental, asegurando una gestión más ágil, homogénea y garantista.

Simplificación de los procedimientos

Uno de los avances más destacados de la LEGAM es la reducción significativa de los tiempos de tramitación de las autorizaciones e instrumentos de prevención ambiental. Los nuevos plazos quedan fijados en seis meses para la Autorización Ambiental Integrada y en el caso de la Autorización Ambiental Unificada; cinco meses para la Autorización Ambiental Unificada Simplificada; tres meses para Licencia Ambiental; y efectos inmediatos para la Declaración Responsable de los Efectos Ambientales. Estos plazos, más claros y homogéneos, aportan seguridad jurídica y facilitan la inversión sostenible, garantizando al mismo tiempo la protección del entorno.

La norma incorpora además mejoras en la evaluación ambiental estratégica y en la evaluación de impacto ambiental, que ahora quedan integradas en los instrumentos de autorización correspondientes. También regula de forma más precisa la modificación, vigencia y revisión de estas autorizaciones, así como la transmisión de titularidades y los supuestos de cese de actividad.

La Legam refuerza la inspección, vigilancia y control ambiental con un nuevo marco regulador que precisa las competencias, la planificación y el ejercicio de la función inspectora. Los ayuntamientos verán clarificados sus cometidos en esta materia, y la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente contará con nuevos instrumentos de impulso para la mejora ambiental y la coordinación con las entidades locales.

El texto actualiza el régimen sancionador, revisando importes, tipificaciones y competencias. Introduce la prestación ambiental sustitutoria, una figura novedosa que permitirá sustituir una sanción económica por actuaciones de restauración, conservación o educación ambiental, reforzando así el sentido reparador y educativo de las sanciones. También se actualizan las disposiciones relativas a responsabilidad medioambiental, en coherencia con la legislación básica estatal, y se incorporan nuevas obligaciones y garantías financieras para las actividades potencialmente generadoras de riesgo ambiental.

La ley incluye un conjunto de medidas destinadas a fomentar la ecoinnovación, la eficiencia tecnológica y la economía circular, con especial atención a las actividades industriales y productivas que apuesten por tecnologías limpias y sostenibles. Se incentiva la racionalización en el uso de recursos y la reducción de los impactos ambientales, al tiempo que se impulsa el desarrollo de nuevos yacimientos de empleo verde en Andalucía.

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