miércoles, 10 septiembre 2025

La Junta establece un protocolo de coordinación con los ayuntamientos ante la influenza aviar

Los titulares de parques deberán contactar con la Junta ante la aparición de tres cadáveres de aves en una misma zona en menos de 24 horas

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento del protocolo de coordinación con los ayuntamientos para la vigilancia y control de influenza aviar en parques urbanos y periurbanos de Andalucía, nacido tras la aparición, por primera vez, de un foco de gripe aviar en ámbito urbano, en concreto en el Parque del Tamarguillo de Sevilla.

Este protocolo recuerda que la responsabilidad en la ejecución y mantenimiento de estas medidas recaen en primer lugar en los titulares de estas zonas verdes, en conformidad con las distintas normativas de salud pública, de sanidad animal y de bienestar animal. Así, subraya que si se detecta un ave muerta no se debe tocar ni manipular, ni dejar que las mascotas lo hagan, y pide a los ciudadanos que lo comuniquen inmediatamente a los responsables del parque para su retirada.

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En el caso de que se detecten tres o más cadáveres de aves en un mismo espacio y no se conozca su causa en un periodo inferior a 24 horas, se debe comunicar al ayuntamiento y éste valorará la actuación pertinente y, en su caso, contactará con las autoridades de la Junta de Andalucía por los canales establecidos en este protocolo.

La Consejería de Salud y Consumo incide en que el riesgo de transmisión de gripe aviar a la población general es muy bajo actualmente. No obstante, apunta que manipular cualquier animal muerto sin conocer la causa y sin la adecuada protección siempre puede conllevar el riesgo de contraer varias enfermedades zoonóticas. En caso de dudas, se puede contactar con el servicio de Salud Responde (955 545 060). Y, además, anima a las personas candidatas a la vacunación contra la gripe estacional a acudir a su centro de salud para recibirla, cuando comience la campaña de esta temporada.

Asimismo, la Junta de Andalucía destaca la importancia de mantener abiertos los parques, en tanto que son activos en salud, cuyos beneficios son inmensamente superiores para la salud que los riesgos. Así, el cierre debe limitarse al tiempo necesario para la retirada de los cadáveres, la limpieza y desinfección de la zona en la que han aparecido.

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Como medidas generales, el protocolo establece la identificación mediante anillamiento de las aves dependientes del ser humano existente en los parques; la vigilancia de las condiciones sanitarias y de bienestar animal, incluida densidad, limpieza y desinfección de los habitáculos con viricidas autorizados; la posibilidad de aislar las aves domésticas o silvestres dependientes y alimentación en horario sin público, evitando el acceso de aves silvestres a esta alimentación.

En este sentido, el protocolo destaca entre las medidas que se deben adoptar el adecuado mantenimiento y limpieza de las láminas de agua con vigilancia de cianobacterias y, en los casos en los que las características lo permitan, valorar la posibilidad de su vaciado en caso necesario.

Medidas para los trabajadores

Respecto a los trabajadores en contacto con aves y sus alojamientos, el protocolo fija que se les ofrezca una formación específica respecto a las medidas preventivas y el uso de equipos de protección, así como una formación básica respecto a medidas de vigilancia del plan sanitario y de bienestar; debiendo disponer, además, de equipos de protección individual acordes con las tareas asignadas; se les recomienda la vacunación anual de gripe estacional e incorporar en el protocolo de prevención de riesgos laborales un listado de posibles riesgos por contactos con aves enfermas o cadáveres.

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Los titulares de los parques urbanos y periurbanos deberán comunicar a la población usuaria de estos espacios las recomendaciones respecto a las aves a través de cartelería y otros medios que consideren oportunos, así como evaluar la colocación de limitaciones físicas para evitar o reducir un contacto directo del público con las aves en determinadas zonas del parque.

Asimismo, se establece una serie de medidas específicas para hacer frente a la influenza aviar incluso en ausencia de sospecha de foco, que los ayuntamientos o los titulares de la explotación deben aplicar. Así deben establecer un sistema de vigilancia previa a la apertura diaria y antes de cerrar para detectar cadáveres de aves o aves enfermas. Esta vigilancia se debe hacer al menos dos veces al día. Además, deben contar con un protocolo de recogida y eliminación de cadáveres, con un trabajador formado, con equipo de protección adecuado y con material estanco de recogida, identificación y depósito.

En el caso en el que se detecten aves muertas tanto durante la vigilancia de las aves del parque o por las indicaciones de un usuario y se cumplan los criterios de sospecha por su número y especies, en concreto, al menos tres aves muertas en el plazo de 24 horas, los ayuntamientos o titulares de la explotación deben notificar esta circunstancia a la Oficina Comarcal de Agricultura de referencia o a la Delegación Territorial de Agricultura en caso de aves de corral o de aves silvestres que dependan del control de humano, es decir, de aves que conformen la población estable del parte. En el caso de aves silvestres, el titular del parque debe comunicarlo a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, a través de los números de teléfono de contacto del Programa de Vigilancia Epidemiológica de Fauna Silvestre en Andalucía (el 670 943 885 para las provincias de Huelva, Cádiz, Córdoba y Sevilla; y el 671 594 340 para las de Málaga, Almería, Granada y Jaén).

Durante el tiempo necesario para realizar las actuaciones de retirada de cadáveres, limpieza y desinfección, se debe cerrar parcial o completamente el parque e informar a los usuarios a través de cartelería y de los medios que se consideren oportunos de los motivos del cierre temporal del parque.

Por su parte, las consejerías de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y de Sostenibilidad y Medio Ambiente atenderán las comunicaciones de acuerdo con lo estipulado cuando se cumplan los criterios de sospecha y valorar la información y en su caso, dar pautas de actuación sobre cadáveres en caso de que fuera necesario tomar muestras. Una vez que el Ministerio de Agricultura haya confirmado que se trata de influenza aviar, los ayuntamientos o titulares de la explotación deben transmitir una lista de las personas expuestas a la Delegación Territorial de Salud y ésta evaluará el riesgo de exposición de estas personas y asegurará, si fuera necesario, un seguimiento.

Si además, como ha ocurrido en el caso del Tamarguillo en Sevilla, se confirma que se trata de un foco de influenza aviar de alta patogenicidad, se aplicará el protocolo de limpieza y desinfección y, si fuera necesario, se ampliarán las zonas o espacios en las que se aplican; se continuará con las medidas de acotamiento de zonas del parque; se intensificará la vigilancia de las aves dependientes del ser humano para detectar mayor mortandad y su retirada; aislar o sacrificar estas aves, tras valoración caso a caso de acuerdo con las circunstancias epidemiológicas y los protocolos ya establecidos. Tras la recepción de la declaración del foco por parte del Ministerio de Agricultura, la Consejería de Salud y Consumo asesorará sobre las condiciones de reapertura a los ayuntamientos.

Recomendaciones a la población

El protocolo establece una serie de recomendaciones dirigidas a la población en general que accede a parques y jardines y que debe seguir al margen de que se haya declarado o no un foco de influenza aviar. Éstas pasan por evitar el contacto directo con las aves acuáticas o silvestres de los parques, manteniendo una distancia mínima de al menos un metro; evitar dar de comer a las aves, dado que ello conlleva que se aglomeren y una mayor cercanía; evitar tocar superficies que estén visiblemente sucias de excremento de aves; respetar, de existir, las zonas acotadas en el parque; si observa algún cadáver de ave o un ave enferma, no tocarla ni manipularla y avisar al teléfono que el gestor del parque establezca.

Además, si se pasea con mascotas, se recomienda llevarla con su correa y no dejar que se acerquen a zonas de excrementos o cadáveres de aves; después de visitar el parque, realizar un lavado higiénico de las manos con agua y jabón al menos 60 segundos o un gel alcohólico durante 20 segundos; y si presenta síntomas compatibles con la gripe y considera haber estado expuesto a aves muertas o enfermas, llamar a Salud Responde.

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