jueves, 5 noviembre 2026

La Junta modifica los planes de ordenación y gestión del Espacio Natural de Doñana

Corrige imprecisiones y actualiza las condiciones de uso público y conservación sin alterar sustancialmente la ordenación vigente

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la aprobación de la orden de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente por la que se modifican el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Espacio Natural de Doñana. Los cambios afectan a las actividades de uso público, las instalaciones solares para autoconsumo, la presencia de animales domésticos, los trabajos forestales y los tránsitos rocieros, además de actualizar la delimitación de determinadas zonas.

En este sentido, la modificación introduce ajustes puntuales en ambos instrumentos, aprobados en 2016, sin alterar sustancialmente la ordenación vigente. Así, el PORN establece las directrices para conservar los recursos naturales y regular sus aprovechamientos, mientras que el PRUG concreta las normas de administración y gestión del espacio, que engloba el parque nacional y el parque natural en las provincias de Huelva, Sevilla y Cádiz.

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En materia de conservación, se amplía de 100 a 400 metros el radio alrededor de los árboles con nidos de aves rapaces en el que no pueden efectuarse aprovechamientos forestales hasta que las crías hayan abandonado el nido. Asimismo, se ajusta el calendario de determinadas actuaciones a los cambios observados en los ciclos vitales de la flora y la fauna. Con carácter general, el laboreo y el subsolado necesarios para las repoblaciones, así como las podas, los desbroces, las cortas y los clareos, se realizarán entre el 31 de julio y el 28 de febrero del año siguiente.

También se modifica la regulación de la presencia de perros y otras especies domésticas, cuya entrada queda prohibida tanto si van atados como si no. Se exceptúan los perros de trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los de asistencia en los supuestos previstos por la legislación andaluza. De forma excepcional, y previa autorización, podrán acceder perros cuando resulten necesarios para labores de gestión o conservación.

Por otra parte, la orden permite instalar sistemas de producción de electricidad solar para autoconsumo en edificaciones e instalaciones ya existentes, legalmente construidas y adaptadas a la normativa urbanística y sectorial aplicable. Igualmente, aclara la regulación de las edificaciones vinculadas a explotaciones agroforestales existentes en la zona B1 del parque natural, dentro de las zonas de regulación especial, para compatibilizar estos aprovechamientos con la conservación de la biodiversidad.

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Marismas de Doñana.

En cuanto al uso público, las limitaciones de acceso o utilización que resulten necesarias por motivos de gestión para determinadas actividades de libre realización podrán establecerse mediante resolución de la dirección del Espacio Natural, en lugar de por orden de la persona titular de la consejería competente. Esta modificación afecta a la observación de fauna, flora y fenómenos geoatmosféricos, la filmación, la grabación sonora, la fotografía, el cicloturismo, las rutas ecuestres y el senderismo cuando se desarrollen en equipamientos públicos, caminos, pistas forestales u otros espacios.

Además, se exceptúa de la incompatibilidad de usos el tránsito peatonal, ciclista y ecuestre por el tramo de la vía pecuaria Vereda del Camino de Sevilla al Rocío que atraviesa el parque nacional. En las restantes zonas de uso moderado afectadas se mantienen las restricciones al senderismo fuera de los lugares y equipamientos establecidos, así como al acceso de vehículos y caballerías sin el correspondiente régimen de concesión o autorización.

Respecto a los tránsitos rocieros, el PRUG incorpora las peregrinaciones peatonales por la Vereda Almonte-Sanlúcar el tercer fin de semana de octubre y el tercero de noviembre. También se actualizan las hermandades que pueden transitar por este recorrido y por la Vereda de la Rocina, sin aumentar el máximo de vehículos autorizables en cada camino. Por el Camino de Moguer se permitirán exclusivamente los tránsitos rocieros oficiales de las hermandades de Moguer, Huelva, San Juan del Puerto, Gibraleón, Punta Umbría, Palos de la Frontera, Emigrantes, Isla Cristina, Ayamonte y Cartaya. En la Vereda Almonte-Sanlúcar, el tránsito de vehículos queda limitado a los correctamente identificados de las hermandades filiales de Sanlúcar de Barrameda, Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María, Puerto Real, La Línea de la Concepción, Rota, Cádiz, Algeciras, Ceuta, Arcos de la Frontera, San Fernando, Chipiona y Chiclana de la Frontera.

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Por último, la orden corrige la descripción y representación cartográfica de la zona de uso moderado de la playa del parque nacional, comprendida entre el límite de Matalascañas y el de la playa de Malandar. Con esta precisión, la superficie clasificada en dicha categoría pasa de 462,46 a 652,67 hectáreas. Se trata de áreas de ambiente natural que, por sus características ecológicas, pueden acoger visitantes y actividades de uso público y educación ambiental. También se ajusta la cartografía de las zonas A y C del parque natural en el entorno de las parcelas agrícolas de La Palmosa.

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