El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la aprobación del nuevo Plan Sectorial Sanitario de Emergencias Colectivas de Andalucía (Psseca), elaborado por la Consejería de Presidencia, Sanidad y Emergencias con la participación del Servicio Andaluz de Salud (SAS), para perfeccionar la respuesta del sistema sanitario andaluz ante situaciones de emergencia colectiva.
El plan tiene como finalidad establecer la estructura organizativa y funcional, los procedimientos de actuación y los mecanismos de coordinación para garantizar una intervención sanitaria eficaz y adaptada a la naturaleza y magnitud de cada emergencia. Asimismo, define las responsabilidades de dirección y coordinación y los mecanismos de movilización de los recursos sanitarios, en coherencia con el sistema de planificación de protección civil de Andalucía.
Este nuevo instrumento se integra en el marco del Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía (PTEAnd), aprobado en marzo de 2026, que constituye el principal instrumento de planificación y respuesta ante las emergencias en la comunidad autónoma. El plan articula una respuesta sanitaria integral que comprende tres grandes ámbitos de intervención: la asistencia sanitaria a las personas afectadas, la vigilancia y respuesta en salud pública y la atención psicológica de emergencias.
Su ámbito de aplicación comprende las emergencias colectivas que precisan una intervención coordinada de los servicios sanitarios o de salud pública en Andalucía para responder a incidentes con múltiples víctimas como incendios forestales, inundaciones y otros fenómenos naturales, incidentes tecnológicos, amenazas biológicas, episodios de contaminación y aquellas circunstancias que puedan comprometer gravemente la salud de la población.
Así, el modelo de actuación permite organizar la respuesta sanitaria ante situaciones de distinta naturaleza y gravedad, desde incidentes que pueden resolverse con recursos de un ámbito territorial limitado hasta emergencias que requieren la movilización coordinada de medios de varias provincias, de otras comunidades autónomas o de la Administración General del Estado. Una de sus principales aportaciones es la definición de una estructura común de dirección y coordinación que permite integrar los recursos sanitarios en el sistema general de protección civil. En este sentido, establece un sistema de respuesta escalonada que permite adaptar la activación y movilización de recursos sanitarios a la gravedad, extensión territorial y evolución de cada emergencia.
De esta forma, la fase de preemergencia permite anticipar la respuesta sanitaria cuando se identifica un riesgo previsible que podría desencadenar una emergencia colectiva, facilitando la activación preventiva de los medios y recursos necesarios. La activación del PTEAnd determina la activación automática del Psseca, así como sus cambios de fase y su desactivación, garantizando la coordinación entre ambos instrumentos.
Por su parte, la fase de recuperación está dirigida al restablecimiento de los servicios sanitarios y de salud pública básicos en las zonas afectadas, manteniendo las actuaciones necesarias hasta recuperar unas condiciones adecuadas de atención y protección de la población.
Procedimientos de actuación asistencial
En el ámbito extrahospitalario, el plan define la organización sanitaria en el lugar del suceso y las responsabilidades de los primeros equipos intervinientes. El profesional médico del primer equipo sanitario que llegue al incidente asume inicialmente las funciones de Mando Sanitario Extrahospitalario, hasta la llegada del primer equipo de emergencias del Centro de Emergencias Sanitarias 061, que se encarga de organizar la asistencia en el lugar del incidente.
En el ámbito hospitalario, incorpora un procedimiento específico de actuación ante emergencias externas, denominado Plan de Emergencias Externas Hospitalario (PEX), que permite adaptar la organización de los centros sanitarios a la llegada simultánea de un número elevado de víctimas. Junto a la asistencia sanitaria, incorpora un procedimiento operativo específico de vigilancia y respuesta en salud pública, dirigido a prevenir, identificar y controlar los riesgos que una emergencia colectiva puede generar para la población.
Asimismo, el Psseca integra la atención psicológica de emergencias a víctimas, familiares e intervinientes mediante procedimientos de movilización y coordinación de los equipos de intervención psicológica destinados a proporcionar atención inicial, apoyo emocional y acompañamiento a las personas afectadas; e incorpora medidas operativas específicas para incidentes de especial complejidad, entre los que destacan las emergencias de naturaleza nuclear, biológica, química o radiológica (NBQR) y los incidentes de múltiples víctimas intencionadas (IMVI).
En los incidentes NBQR se establecen procedimientos diferenciados de actuación extrahospitalaria y hospitalaria, que contemplan la identificación y delimitación de zonas de riesgo, la utilización de equipos de protección, la organización de los circuitos de descontaminación y las medidas necesarias para evitar la propagación de agentes contaminantes.
Una vez implantado, el plan contempla mecanismos de seguimiento y evaluación destinados a comprobar su funcionamiento y mantener su capacidad de respuesta. Asimismo, se establece una revisión completa cada cinco años, o antes si se producen cambios sustanciales en el Sistema Sanitario de Andalucía o en el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía.
La formación continua acreditada, los ejercicios prácticos y los simulacros tendrán un papel fundamental tanto durante la implantación como en el mantenimiento del plan, al permitir comprobar la eficacia de los procedimientos, mejorar la coordinación entre los servicios y detectar posibles necesidades de mejora.



