viernes, 30 octubre 2026

Luz verde al pago anticipado al Puerto de Sevilla de la ayuda para infraestructuras energéticas

La concesión de la subvención posibilitará el desarrollo de nuevos proyectos industriales y logísticos previstos en este enclave

El Consejo de Gobierno ha autorizado anticipar la totalidad de la subvención de 1,9 millones de euros de la Consejería de Universidad, Industria, Energía e Innovación a la Autoridad Portuaria de Sevilla sin la correspondiente justificación previa de los fondos que exige la normativa autonómica para ayudas de esta envergadura. La subvención se destina a sufragar parcialmente la ejecución de una serie de infraestructuras energéticas necesarias acometer para dar respuesta a los futuros proyectos industriales y logísticos contemplados en este enclave portuario, que dotará de una potencia eléctrica de 20.000 kw en la zona de la margen derecha de la dársena, en concreto al área de Torrecuéllar.

La mejora de la electrificación es imprescindible para atraer nuevos proyectos empresariales a esta zona industrial, hasta ahora sin aprovechamiento, así como para la competitividad y el crecimiento económico del Puerto de Sevilla, de Sevilla y su provincia. Esta intervención no sólo permitiría mejorar la capacidad de conexión a la red eléctrica de la Autoridad Portuaria de Sevilla, sino que también reforzaría la red de distribución de este espacio para dar respuesta al aumento sostenido de la demanda eléctrica y a las nuevas necesidades del tejido productivo sevillano. Estas razones de interés público y de índole económica y social justifican la flexibilización del pago anticipado del incentivo con el fin de agilizar la puesta en marcha de las actuaciones.

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La Consejería de Universidad, Industria, Energía e Innovación será la que proceda a conceder la subvención, que deberá publicarse en BOJA. El marco normativo andaluz, a través del artículo 124.4 de la Ley de Hacienda Pública, impide abonar más del 50% de una ayuda si el beneficiario no ha justificado antes los pagos recibidos, salvo para subvenciones de hasta 6.000 euros. Para las que superan esa cifra, el Consejo de Gobierno puede aprobar la exoneración de este límite del 50%, permitiendo anticipos que pueden alcanzar hasta el 100% de los fondos sin necesidad de justificación previa, siempre que medien razones de interés público, social, económico o humanitario.

Este mecanismo del anticipo extraordinario agiliza su tramitación en su fase inicial pero no exime, en ningún caso, del riguroso control posterior, ya que las entidades beneficiarias, en este caso la Autoridad Portuaria de Sevilla, siguen estando obligadas por ley a justificar la totalidad de los recursos públicos percibidos en los plazos que se establezcan.

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