El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto ley por el que se adoptan medidas administrativas y fiscales urgentes para la implantación en Andalucía de las licencias interautonómicas de caza y de pesca en aguas continentales, así como para el fomento de la actividad cinegética. La nueva norma adapta la legislación autonómica para hacer posible la aplicación del convenio recientemente suscrito entre la Junta de Andalucía, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y otras nueve comunidades autónomas, que establece un sistema común de licencias válido en diez regiones.
La iniciativa permitirá que una única licencia habilite a su titular para practicar la caza en todas sus modalidades y la pesca fluvial en las comunidades autónomas adheridas al acuerdo, sin necesidad de realizar trámites adicionales en cada una. Este modelo de cooperación administrativa se basa en los principios de eficacia, racionalización de procedimientos y eficiencia en el uso de los recursos públicos, facilitando la movilidad de las personas cazadoras y pescadoras entre distintos territorios.
La aprobación de este decreto ley responde a la necesidad de adaptar la normativa autonómica para garantizar la plena aplicación del convenio interautonómico. Andalucía suscribió su adhesión al acuerdo el 12 de noviembre de 2025 y estaba a la espera de la finalización del proceso de firma en el que también participaban Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, el Principado de Asturias y la Región de Murcia, configurando un espacio común que abarca una parte mayoritaria del territorio español.
El nuevo sistema permitirá simplificar notablemente los trámites administrativos para quienes deseen practicar estas actividades en distintas comunidades autónomas. A partir de la implantación de esta licencia interautonómica, las personas usuarias podrán acceder a un marco común de autorización administrativa que evita la necesidad de solicitar licencias independientes en cada territorio, manteniendo en todo caso la aplicación de la normativa específica vigente en cada comunidad autónoma y su correspondiente régimen sancionador.
En Andalucía, la actividad cinegética cuenta con más de 162.000 personas con licencia de caza en vigor y genera alrededor de 45.000 empleos, de los cuales más de 12.000 son directos. Esta actividad constituye además un importante motor económico para el medio rural, con un movimiento económico directo estimado en torno a los 71 millones de euros y una contribución significativa al producto interior bruto de Andalucía. La pesca en aguas continentales también moviliza a un amplio colectivo, con más de 56.000 personas que disponen de licencia para practicar esta actividad en la región.
Ambas prácticas poseen además una dimensión social, deportiva, cultural y ecológica relevante, al desarrollarse en el medio natural bajo un marco regulado que permite compatibilizar el aprovechamiento de los recursos con la conservación de la fauna silvestre. La planificación de las temporadas, el establecimiento de vedas y el control público de las actividades garantizan el mantenimiento de los equilibrios biológicos y contribuyen a asegurar la sostenibilidad de estos usos tradicionales del territorio.
La implantación de las licencias interautonómicas incorpora también una modificación de la normativa fiscal autonómica para incluir las tarifas correspondientes a la expedición de estos nuevos documentos. En el caso de la licencia interautonómica de caza, la tasa se fija en 70 euros, mientras que la de pesca en aguas continentales tendrá un coste de 25 euros. Ambas autorizaciones tendrán una vigencia de un año desde su expedición y no podrán beneficiarse de las exenciones o bonificaciones previstas con carácter general en la normativa autonómica, con el objetivo de mantener una aplicación homogénea en todas las comunidades participantes en el convenio.
La nueva regulación se integra dentro del sistema ordinario de gestión de licencias de caza y pesca de la comunidad autónoma, lo que permitirá su expedición sin necesidad de crear nuevos procedimientos administrativos adicionales. La licencia interautonómica de caza incluirá la habilitación para todas las modalidades de caza autorizadas, así como la licencia de rehala, mientras que la de pesca incorporará la licencia básica junto con los recargos correspondientes a distintas modalidades y medios auxiliares previstos en la normativa andaluza.
Junto a las medidas necesarias para la implantación de estas licencias, este decreto ley introduce diversas modificaciones en la normativa autonómica para mejorar la regulación del sector cinegético y facilitar el desarrollo de la actividad. En este sentido, se ajusta la Ley de la Flora y la Fauna Silvestres para adecuar el régimen sancionador a la regulación vigente de determinadas modalidades de caza. Así, deja de considerarse infracción leve el uso de más de tres perros por persona cazadora, dada la particularidad de la modalidad de caza menor denominada ‘a diente en mano’, evitando contradicciones entre la normativa sancionadora y su regulación específica.
La norma también aclara el régimen de autorizaciones en los cotos de caza para evitar que se considere infracción grave la práctica de la caza sin autorización formal cuando la persona cazadora se encuentre acompañada por el titular del coto o por su representante legal, entendiéndose implícita dicha autorización en ese supuesto. Asimismo, se ajusta la regulación relacionada con las instalaciones de acuicultura continental para adecuarla al actual reparto de competencias administrativas.
Simplificación administrativa
El decreto ley introduce igualmente diversas modificaciones en el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía dirigidas a simplificar la gestión administrativa y dotar de mayor seguridad jurídica al sector. Entre ellas se encuentra la atribución a los órganos territoriales provinciales de la aprobación de los planes técnicos de caza integrados, una medida que permitirá una tramitación más cercana a la realidad de los terrenos cinegéticos y agilizará la resolución de estos procedimientos.
También alcanza al Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía con diversas medidas orientadas a adaptar la regulación a la evolución de la práctica cinegética. Entre ellas se amplía hasta seis perros por persona cazadora el número máximo permitido en la modalidad de caza menor ‘a diente en mano’, se autoriza el uso de visores en todas las modalidades de caza mayor bajo las condiciones establecidas en la normativa estatal y autonómica, y se refuerza el reconocimiento de las licencias emitidas por otras comunidades autónomas que formen parte de convenios de habilitación recíproca.
Además, incluye medidas destinadas a simplificar los procedimientos de gestión de los aprovechamientos cinegéticos en terrenos de titularidad pública, estableciendo que su adjudicación se realice mediante licitación pública conforme a la legislación patrimonial vigente. Asimismo, se eliminan determinadas restricciones administrativas que habían quedado desactualizadas, como la obligación de disponer de una tarjeta de identificación específica para el ejercicio de la caza en Andalucía, requisito que resultaba incompatible con la implantación de las licencias interautonómicas.
Entre las novedades del decreto ley se encuentra también la posibilidad de expedir de forma telemática licencias temporales de caza y pesca continental para personas procedentes de otras comunidades autónomas u otros países que pretendan practicar estas actividades en Andalucía bajo tutela, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se garantice la supervisión de un responsable con licencia en vigor.
Estas medidas responden igualmente al contexto generado por los recientes episodios meteorológicos adversos que han afectado a Andalucía, con lluvias y desbordamientos que han provocado daños en infraestructuras rurales, caminos forestales y terrenos cinegéticos. En este escenario, el Gobierno andaluz considera necesario impulsar medidas que faciliten la recuperación económica de las zonas afectadas y refuercen sectores ligados al medio natural que desempeñan un papel relevante en el mantenimiento de la actividad económica y la fijación de población en el medio rural.



