El Consejo de Gobierno ha ratificado el acuerdo alcanzado en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía que sienta las bases del futuro decreto que regulará el desarrollo de la carrera profesional horizontal del personal funcionario y la evaluación del desempeño. El acuerdo, consensuado por la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública con todos los sindicatos representados en dicha mesa (SAF, CSIF, ISA, CCOO y UGT), incluye las tablas retributivas de los nuevos complementos salariales asociados a ambos conceptos, así como un calendario para su implantación progresiva entre 2026 y 2030.
Afecta a unos 45.000 funcionarios de carrera que prestan servicio en la Administración General de la Junta de Andalucía y profundiza en el histórico acuerdo institucional suscrito en diciembre de 2025 con los sindicatos CSIF, UGT y CCOO para la mejora del empleo público y la prestación de servicios de calidad, que incluye medidas que afectan también al personal laboral, los funcionarios de Justicia y los empleados públicos de las entidades instrumentales del sector público andaluz.
En concreto, el acuerdo permitirá desarrollar un modelo de carrera profesional horizontal y de evaluación del desempeño para reconocer la progresión, el compromiso y la contribución de los empleados públicos a la calidad de los servicios, consolidando un sistema de promoción y retribución más justo, motivador y transparente. Para ello, recoge las tablas retributivas que regirán los tramos de la carrera profesional horizontal y las cuantías del nuevo complemento de desempeño, así como los plazos en los que se incorporarán y las garantías y compromisos necesarios para su correcta aplicación.
Así, la carrera horizontal se fundamentará en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, tendrá carácter voluntario y persigue reconocer el esfuerzo, la trayectoria y la contribución profesional a la calidad del servicio público que se presta a la ciudadanía mediante un complemento retributivo que se cobrará mensualmente y que facilitará al personal funcionario promocionar profesionalmente sin que para ello deba cambiar necesariamente de grupo.
Por su parte, la evaluación del desempeño se guiará por los principios de transparencia, objetividad, fiabilidad de los instrumentos, periodicidad, adaptación a las funciones desarrolladas, imparcialidad, no discriminación, publicidad y compatibilidad con la mejora de la calidad del servicio. En caso de una evaluación positiva, los funcionarios recibirán un complemento salarial de desempeño que se cobrará anualmente en un pago único.
La carrera horizontal se articulará en seis tramos con un requisito de tiempo mínimo de permanencia en un grupo o subgrupo para acceder a cada tramo. De manera excepcional, será el criterio inicialmente usado para encuadrar a los actuales funcionarios en un tramo a partir del cual podrán progresar a los tramos superiores mediante la formación continua, la innovación, la transferencia de conocimiento y la evaluación del desempeño, además del tiempo de servicio.
Así, para los tramos I y II se exigen tres años de servicios prestados en un grupo, cuatro años para los tramos III y IV, cinco años para el tramo V y 6 años para el tramo VI. En función del cuerpo, la cuantía del complemento de carrera acordado para los funcionarios en el tramo I oscila entre los 310,46 euros anuales del grupo E y los 1.306,8 euros del grupo A1. En el tramo más alto, el complemento oscila entre los 620,93 euros anuales en el grupo E y los 2.613,60 euros en el grupo A1.
El complemento salarial de carrera horizontal se consolidará, de forma que un funcionario que comience en el tramo I, al pasar al tramo II percibirá la cuantía retributiva asignada a este tramo más la del tramo anterior. Así, los funcionarios pueden llegar a incrementar su nómina por este concepto hasta 2.587,20 euros anuales en el grupo E, 3.417,86 euros en el C2, 4.290 euros en el C1, 5.148 euros en el grupo B, 6.823,93 euros en el A2 y 10.890 euros anuales en el A1, lo que le permite avanzar en su carrera sin necesidad cambiar de puesto de trabajo, facilitando así el desarrollo profesional y la mejora económica del personal funcionario y el aprovechamiento de la experiencia acumulada a la administración.
Aquellas personas que por haber participado en procesos selectivos de promoción interna hubieran desarrollado su carrera profesional en distintos grupos mantendrán el complemento consolidado en el de origen según el tramo en el que se encuadre y desde ahí sumarán los complementos que vaya adquiriendo en el nuevo grupo.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Función pública de Andalucía, una vez que se produzca la entrada en vigor del decreto, y con carácter extraordinario, el personal funcionario en activo podrá solicitar el encuadramiento inicial, a fin de que le sea reconocida la carrera profesional correspondiente en los tramos I, II, III o IV en atención al número de años de permanencia y el abono del complemento asociado al mismo.
Para ello el acuerdo prevé que los funcionarios que reúnan los requisitos de tiempo de permanencia fijados para cada tramo perciban en 2026 el complemento correspondiente al tramo I y el 20% de la cuantía fijada para el tramo II (comenzarán a cobrarlo una vez que se aprueba el Decreto regulador, pero con efectos retroactivos desde el 1 de enero). En 2027 ya percibirán el 100% del complemento correspondiente al tramo II y el 45% del tramo III. En 2028 la totalidad del complemento del tramo III y el 60% de la cuantía correspondiente al tramo IV. Y en 2029 ya estarán implementados en su totalidad los complementos de carrera profesional correspondientes a los tramos I al IV.
Con carácter excepcional, y por una sola vez, a quienes se les hubiera reconocido el tramo IV podrán solicitar el acceso al tramo V o directamente al VI en cualquiera de las convocatorias que se celebren con posterioridad acreditando la permanencia total exigida para el acceso al tramo correspondiente y haber cumplido, al menos, las tres cuartas partes de la permanencia mínima exigida para el tramo a reconocer.
Evaluación del desempeño
En cuanto al sistema de evaluación del desempeño que sustituirá al de productividad una vez que se apruebe el decreto regulador, podrá suponer un incremento retributivo de 1.257,56 euros anuales para los funcionarios del grupo E que obtengan una valoración positiva; 1.471,36 euros para los del grupo C1; 2.337 euros para los del C2; 2.648,59 euros anuales en el grupo B; 3.009,66 euros en el A2; y 4.000 euros para los funcionarios del grupo A1. En este caso, el incremento retributivo se implantará entre 2029 y 2030, una vez definido y regulado el sistema de evaluación conforme a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación que se aplicarán sin menoscabo a los derechos de los empleados públicos y en base a objetivos exigentes, medibles, verificables, realistas y alcanzables.
Será un sistema participativo para los funcionarios, de forma que uno de los instrumentos de evaluación será el informe de autoevaluación competencial, y el decreto regulará los requisitos y funciones del personal evaluador, incluida la figura del personal colaborador. Se constituirá un Órgano Técnico de Revisión para analizar e informar las alegaciones que se presenten en el que participarán, con voz, pero sin voto, los sindicatos de la Mesa Sectorial.
La aplicación de los nuevos complementos no supondrá pérdida retributiva alguna ni afectará negativamente al complemento específico ni al de destino actuales o los que los sustituyan en un futuro. El sistema de carrera horizontal y de evaluación se revisará a los seis años de su implantación para garantizar que se ajusta a las necesidades reales y que garantiza la efectiva promoción profesional del personal funcionario.



