El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Andalucía, que renueva el marco jurídico de la comunidad autónoma en el ámbito patrimonial con el fin de garantizar su tutela, protección, conservación, enriquecimiento, investigación, difusión y transmisión a las generaciones futuras. El texto será remitido al Parlamento de Andalucía para continuar su tramitación legislativa.
La norma, que sustituye la Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de Andalucía, incorpora las más modernas concepciones del patrimonio, refuerza la presencia del patrimonio etnológico material e inmaterial e incorpora el audiovisual y el paleontológico, fomenta la participación y la concienciación ciudadana y agiliza la gestión, conjugando el fomento de la actividad económica y el máximo respeto a los valores patrimoniales, elemento identitario del pueblo andaluz.
Este proyecto de ley es resultado de un amplio proceso participativo en el que han intervenido administraciones públicas, colegios profesionales, academias, empresas, asociaciones, fundaciones, profesores universitarios y técnicos del patrimonio. Además, ha contado con los informes de todos los órganos preceptivos, entre ellos el Consejo Económico y Social y el Consejo Consultivo. Muchas de estas aportaciones han sido incorporadas, reforzando la calidad técnica y el consenso del texto.
La norma, que consta de nueve títulos, con 166 artículos, además de disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales, concibe la protección del patrimonio como un elemento transversal de la acción pública de la Junta de Andalucía, integrándola en las políticas sectoriales en materia de educación, ordenación del territorio, urbanismo, paisaje, aguas, medio ambiente, espacios protegidos, sostenibilidad, agricultura, ganadería, desarrollo rural y turismo, entre otras.
Entre sus novedades, el proyecto de ley ordena el régimen jurídico de los bienes según el nivel de protección (bienes de Interés Cultural, los más relevantes, declarados por el Consejo de Gobierno; bienes de Interés Patrimonial, aquellos de especial significación cultural, declarados por orden de la consejería competente, y bienes catalogados, que da cabida a los bienes que incluyan los ayuntamientos en los catálogos urbanísticos) y según sea su naturaleza inmueble, mueble o inmaterial.


Además, a las categorías tradicionales de bienes inmuebles (Monumento, Conjunto Histórico, Jardín Histórico, Sitio Histórico, Zona Arqueológica, Lugar de Interés Etnológico, Lugar de Interés Industrial y Zona Patrimonial) se suman el Paisaje Cultural, que incluye aquellos territorios con valores materiales e inmateriales socialmente reconocidos, y las vías culturales, es decir, los caminos que forman parte, o que formaron parte, en el pasado, de la articulación y la comunicación en el territorio andaluz.
En paralelo, se revisan las comisiones provinciales de Patrimonio Histórico para mejorar su funcionamiento y reducir el tiempo de respuesta a los ciudadanos y se simplifica la normativa de órganos colegiados y consultivos. Así, las actuales comisiones de bienes inmuebles, muebles y etnología se refunden en una sola, denominada Comisión de Bienes Culturales, al tiempo que se elimina la Comisión de Patrimonio Documental, innecesaria tras la aprobación de la Ley de Archivos en 2011.
Otra de las novedades de la nueva ley es la creación por primera vez de un capítulo dedicado al Patrimonio Mundial y al Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco, estableciéndose una regulación para la tramitación de las iniciativas aspirantes tanto las listas del Patrimonio Mundial como a las listas del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, que incluye los requisitos previos que deben cumplir los bienes que se proponen desde Andalucía.
También se introduce un título nuevo entero dedicado a la investigación, educación y difusión del patrimonio cultural, pues constituyen uno de elementos básicos y esenciales en la tutela patrimonial, dado que permite conocer mejor el patrimonio, profundizando en los valores que le son inherentes, y se ordenan, actualizan y sistematizan las distintas medidas de fomento que pueden implementarse en el ámbito del patrimonio cultural.



