CONSULTA PÚBLICA PREVIA PARA LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE MOSQUITOS Y MOSCAS DEL AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS
De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE MOSQUITOS Y MOSCAS DEL AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Con el fin de recabar la opinión de los afectados por la norma, se abre un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación del presente anuncio en el portal web del Ayuntamiento de Bormujos para que todos los interesados puedan formular las opiniones y aportaciones a esta ordenanza que estimen oportunas que se podrán presentar, ya sea telemáticamente en la misma sede electrónica (bormujos.sedelectronica.es) como en la Oficina de asistencia en materia de Registros sita en la sede principal temporal del Ayuntamiento (calle Almijara s/n) en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, sin perjuicio del resto de medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
La falta de control en la proliferación de la población de mosquitos y moscas en todo el territorio bormujero requiere de la aprobación de un instrumento que impliquen a los vecinos y aporte información, soluciones y consejos a éstos para evitar la presencia y/o expansión de los mosquitos en el municipio, así como en todos los núcleos de población, dotando al Ayuntamiento de las herramientas necesarias para hacer cumplir las medidas oportunas en aquellos espacios que puedan constituir focos urbanos de origen antrópico sin que existan en esta norma una conculcación de los derechos de los ciudadanos.
Necesidad y Oportunidad de su aprobación
Preservar las debidas condiciones de salubridad y seguridad para el entorno municipal
Objetivos de la norma
El control de las poblaciones no solo de mosquitos y moscas con relevancia para la salud pública, siendo de especial interés las especies Aedes albopictus y Aedes aegypti, sino también de cualquier mosquito, autóctono o alóctono, con el fin de minimizar sus efectos molestos y perjuicios que puedan ocasionar en la población residente o visitante de nuestro municipio, fomentando buenas prácticas de mantenimiento de espacios privados y comunitarios.
Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
Resulta preciso aprobar una Ordenanza Municipal a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas; estos son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia